Resolución No. 001-22

(6 de diciembre de 2022)

Por la cual se convoca a elecciones de Comité Ejecutivo Nacional, Subdirectivas Departamentales.

LA LXXI (71) JUNTA DIRECTIVA NACIONAL Y DE CONFORMIDAD CON EL ESTATUTO VIGENTE Y,

CONSIDERANDO:

1. Que, de conformidad con la Constancia de Depósito del 18 de octubre de 2018, emanada del Ministerio del Trabajo, el actual Comité Ejecutivo Nacional agotó el período estatutario de cuatro (4) años.

2. Que el proceso se debe desarrollar de tal manera que se garantice la participación directa de todos sus afiliados y la absoluta transparencia durante todas las fases del proceso.

3. Que es condición para el éxito de este proceso, tener previamente definido el Censo Sindical de todas las organizaciones afiliadas. Debe haber correspondencia con Tesorería Nacional.

4. Que por todo lo anterior, es pertinente convocar elección directa, definiendo una fecha como día único de elecciones para todas las organizaciones filiales de la Central.

5. Los sindicatos nacionales y regionales podrán participar del proceso eleccionario si lo creen conveniente sobre la base de haberse cumplido su período en la Junta Directiva.

6. Que en los Estatutos quedó consagrado la elección digital con control biométrico y tarjeta electoral digital.

En tal virtud…

RESUELVE:

Artículo 1: Convocar la elección directa del Comité Ejecutivo Nacional, de las subdirectivas departamentales y sindicatos, para el día 26 de mayo de 2023. (Artículo 33).

Artículo 2: Conformar el Tribunal Nacional Electoral, los Tribunales Electorales Departamentales y los Tribunales Municipales donde así lo ameriten, conformado por cinco (5) principales y sus respetivos suplentes de conformidad con los Estatutos. (Artículos 56 y 58).

Parágrafo: El Tribunal Nacional y los tribunales departamentales establecerán mecanismos de coordinación con la empresa con la cual se contrate el operador biométrico

Artículo 3: Expedir un cronograma de actividades que contengan las fechas para cada uno de los eventos del proceso, el cual debe difundirse en todo el territorio nacional.

Artículo 4: Facultar al Comité Ejecutivo Nacional para que haga los ajustes pertinentes al proceso eleccionario del nuevo Comité Ejecutivo Nacional.

Artículo 5: A partir de la promulgación de la presente resolución se inicia el proceso tendiente a establecer el Censo Nacional de afiliados (as) de las organizaciones filiales.

Artículo 6: Definir como fecha máxima el día 1 de marzo de 2023, para entregar el censo sindical de las organizaciones afiliadas a la Central y el corte de afiliación de nuevas organizaciones sindicales, (el organismo que afilia es la CUT Nacional).

Artículo 7: Se establece como fecha máxima el día 1 de marzo de 2023, para estar a Paz y Salvo con la Tesorería Nacional. El Paz y Salvo será expedido por el Tesorero Nacional, previa autorización del Comité Ejecutivo Nacional.

Artículo 8: Convocar a todos los sindicatos a elegir sus órganos de dirección y de delegados al VIII Congreso CUT a las elecciones del 26 de mayo de 2023, si lo creen conveniente, entre las 6:00 am y las 8:00 p.m.

Artículo 9: La presente resolución rige a partir de la fecha de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los seis (06) del mes de diciembre de 2022.

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

LUIS FRANCISCO MALTES TELLO

Presidente

 PEDRO LUÍS ARANGO SÁNCHEZ

Secretario General

HUBER DE JESÚS BALLESTEROS GÓMEZ

Director Departamento de Organización

Resolución en PDF 

En PDF RESOLUCION No. 002-22-REGLAMENTACION

En RESOLUCION No.003-22 REGLAMENTACION DELEGADOS VIII CONGRESO